Las personas que están cesantes pueden acceder a una serie de beneficios que les ayudarán a solventarse económicamente durante los meses que estén en busca de una nueva fuente laboral.
Para acceder a alguno de estos aportes durante el presente mes de marzo, es necesario cumplir con una serie de requisitos y efectuar el respectivo trámite para obtener el beneficio.
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía, a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), protege a las y los trabajadores regidos por el Código del Trabajo, en caso de quedar sin empleo.
Cuando el afiliado a la AFC queda cesante, ya sea por despido, renuncia o fin de contrato; podrá retirar dinero de su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) mediante giros mensuales. Para acceder a estos pagos es necesario tener un mínimo de 10 cotizaciones (para quienes tenían contrato indefinido) o de 5 cotizaciones (para contratos a plazo fijo o por obra, faena o servicio).
La solicitud del Seguro de Cesantía se debe realizar en la sucursal virtual de la AFC o de manera presencial en una de sus oficinas (conócelas aquí).
Fondo de Cesantía Solidario
Los trabajadores afiliados a la AFC y que no tengan fondos suficientes para acceder a los pagos del Seguro de Cesantía, pueden recurrir al Fondo de Cesantía Solidario (FCS) siempre que cumpla con las causales de término y las cotizaciones.
Los requisitos para solicitar este dinero son: estar cesante, tener recursos insuficientes en su CIC, contar con 10 cotizaciones pagadas en el FCS en los 24 meses anteriores al despido, y tener las tres últimas cotizaciones continuas y del mismo empleador.
Para acceder al FCS, es necesario que el contrato laboral haya terminado por necesidad de la empresa, quiebra del empleador, vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo, caso fortuito o fuerza mayor. Para optar al FCS, el trabajador debe activar una cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo. La solicitud del Fondo de Cesantía Solidario se realiza en la sucursal virtual de la AFC (entra aquí).